La Corte Suprema volverá a analizar este viernes la vigencia de la ley de tierras
La Corte Suprema de Justicia se reunirá este viernes a las 9 para analizar nuevamente un expediente relacionado con la Ley de Tierras. La convocatoria fue realizada por el presidente del tribunal, Horacio Rosatti, quien dispuso la realización de un acuerdo extraordinario para tratar el caso.
El expediente incluye un pedido de medida cautelar presentado por la Asociación Civil Árbol de Pie, dos comunidades indígenas y la legisladora rionegrina Magdalena Odarda. Los demandantes cuestionan la validez del artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, mediante el cual el Gobierno de Javier Milei derogó la Ley 26.737.
La eventual aprobación de la cautelar podría restablecer provisoriamente las restricciones que impedían o limitaban la compra de tierras rurales por parte de ciudadanos y empresas extranjeras. De ese modo, volverían a aplicarse los límites establecidos por la Ley de Tierras mientras continúa la discusión judicial sobre la constitucionalidad de su derogación.
La decisión podría modificar los efectos de un fallo dictado por la propia Corte la semana pasada. En esa oportunidad, el máximo tribunal revocó, por una cuestión procesal, una sentencia que había declarado inconstitucional el artículo del DNU que eliminó la norma sobre protección del dominio nacional de tierras rurales.
La Corte había aclarado entonces que no se había pronunciado sobre la constitucionalidad de la derogación de la ley. También señaló que su resolución no afectaba otras medidas cautelares vinculadas con el mismo tema que permanecieran en trámite ante distintos tribunales.
El nuevo tratamiento del expediente se produce en un contexto de falta de acuerdo entre los tres ministros que integran actualmente el tribunal: Carlos Rosenkrantz, Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti. Ante la ausencia de los votos necesarios para dictar una sentencia, fueron convocados dos conjueces, Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci.
Para acelerar el trámite, la Corte redujo de 72 a 24 horas el plazo para que las partes pudieran formular impugnaciones contra la integración de los conjueces. Además, habilitó días y horas inhábiles con el objetivo de completar rápidamente el procedimiento.
El tribunal deberá definir si concede la medida cautelar o si remite el expediente a los tribunales federales que intervinieron originalmente. Una decisión favorable a los demandantes permitiría recuperar de manera temporal las restricciones a la adquisición de campos por extranjeros, aunque la cuestión de fondo seguiría pendiente de resolución.